Con motivo de las elecciones de febrero próximo y ante la deuda en asignación de recursos que el gobierno central mantiene con los gobiernos autónomos descentralizados (en adelante GAD), cabe replantearse la relevancia de los niveles de gobierno.

Los GAD surgieron con la Constitución del 2008 como un replanteamiento a los regímenes locales, ya sean municipales o provinciales. Este replanteamiento intentó desde la teoría, atomizar más el territorio de tal forma que la participación local llegue hasta los niveles más pequeños mediante la creación de gobiernos parroquiales, pasando por los niveles municipales y los provinciales (sin desmerecer los regionales que en la práctica no existen). A más de la atomización y la asignación de roles políticos, también se les confirieron competencias legales para hacer gestión local.

De ahí que, el Artículo 270 de la Constitución establece que los GAD tienen dos grupos de recursos económicos que nutren sus presupuestos, por una parte, los propios recursos financieros y, por otra parte, los recursos que surgen del ejercicio del derecho constitucional que tienen para participar de las rentas del Estado. Así, por una parte, reciben una cierta cantidad desde el gobierno central, pero, por otra parte, tienen la obligación de autogestionar las competencias asignadas ya que estas son considerados “activos”. La explotación de competencias genera ingresos y, por tanto, deberían constituirse en la principal fuente de financiamiento de los presupuestos de los GAD.

Respecto a la participación de los GAD en el presupuesto general del Estado, los GAD participan del 15% de lo ingresos permanentes y no menos del 5% sobre los no permanentes. De esos ingresos, el COOTAD ofrece una fórmula de distribución de recursos, pero esa fórmula atiende a criterios constitucionales que recientemente fueron enmendados a través del Artículo 272. 

Previo a la enmienda, el texto constitucional planteaba criterios relacionados a los habitantes como el tamaño en relación con la densidad poblacional, las necesidades básicas insatisfechas y, a modo de incentivo, los logros en mejoras de vida de los habitantes. Ahora con la enmienda se agregó el numeral 4 en el cual se plantea como parámetro el número de kilómetros de vías rurales en el caso de los GAD provinciales.

Sin duda este parámetro pudo ser contemplado dentro de la mejora de los niveles de vida la población y, por otra parte, se rompe la generalidad de los parámetros constitucionales. No obstante, esto conlleva a que los GAD provinciales se vean incentivados a invertir más en vialidad, lo cual debería hacer que los GAD provinciales planifiquen estratégicamente y atraigan la inversión para abrir el nicho de vialidad. 

Por lo tanto, explotando la competencia de vialidad podrán generar más recursos, aumentar el estilo de vida de su población y tener mayor participación de los ingresos que se perciben del Estado, un resultado ganar – ganar.[1]

 La información aquí publicada no constituye consejo ni asesoría legal puntual, siendo su función meramente informativa.

Carlos Becilla Peñafiel

Asociado


[1]          Fotografía:  Imagen de Larisa Koshkina en Pixabay 

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