Durante las últimas semanas, se ha venido escuchando sobre la posibilidad de una consulta popular a fin de que los ecuatorianos seamos consultados sobre diferentes aspectos propuestos por el gobierno con la finalidad de: (i) por una parte, cumplir un requisito legal para ciertas modificaciones constitucionales; y, (ii) por otra parte, respaldar propuestas de ley para lo que será el futuro del país. 

En este contexto, cabe analizar lo sucedido hace poco con la Asamblea Nacional, quienes devolvieron el Proyecto de Ley Orgánica de Creación de Oportunidades, Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal al ejecutivo, con el propósito que este, “enmiende” los errores encontrados en el mismo, razón por la cual el Presidente de la República sostuvo en varios medios de comunicación que, podría buscar la aprobación ciudadana para que la Asamblea proceda a tramitar el proyecto en cuestión. 

Ante esta situación, surge la pregunta ciudadana de si ¿es necesario recurrir a una consulta popular para cumplir con el propósito indicado por el Presidente respecto de este proyecto de ley en específico? Sabemos bien que la consulta popular es un mecanismo de consulta a la ciudadanía, cuyo procedimiento será a través de realizar  una serie de preguntas a los ecuatorianos, que deberán contar con un dictamen previo de la Corte Constitucional sobre la constitucionalidad de las mismas. 

La razón de ser de una posible convocatoria a una consulta popular para conseguir la aprobación de la llamada ley de oportunidades, es que el pronunciamiento popular es de obligatorio e inmediato cumplimiento de conformidad al articulo 106 de la Constitución del Ecuador. Sin embargo, este camino no es del todo claro ya que debería existir una precisión sobre las preguntas a fin de adecuarlas para plasmarlas en una ley.

Es por ello que seguramente el Ejecutivo buscará agotar otras alternativas como por ejemplo, remitir un proyecto de ley sin conflictos constitucionales en razón de la materia y dividirlo para su tratamiento especial en la Asamblea ya sea en la vía urgente económica o en la vía ordinaria. La expectativa sobre esta propuesta, culminará seguramente en los próximos días cuando el Presidente decida el camino para buscar su aprobación.

La información aquí publicada no constituye consejo ni asesoría legal puntual, siendo su función meramente informativa

Angélica Campoverde Ortiz

Asociada

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