Los contratos de obra civil a gran escala en Ecuador se rigen por el sistema de contratación pública establecido en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su reglamento (contratación tradicional). Este modelo se caracteriza por una estructura uniforme, centralizada y altamente procedimental, orientada a la transparencia y al control administrativo, pero poco adaptable a la complejidad técnica de los megaproyectos de infraestructura.
Desde el punto de vista contractual, la obra pública tradicional se estructura sobre estudios previos elaborados por la entidad contratante, pliegos estandarizados y contratos de ejecución directa, en los cuales el riesgo técnico y constructivo recae mayoritariamente en el contratista. A diferencia de las concesiones, este modelo fragmenta las fases de estudio, diseño, construcción y operación, lo que incrementa la probabilidad de inconsistencias técnicas y reclamos posteriores (excluyendo al contrato Ingeniería, Procura y Construcción -IPC- y sus especificaciones que reúnen estas fases en su objeto).
Una de las principales debilidades del régimen es la rigidez para modificar contratos de obra civil en ejecución. El límite del diez por ciento (10%) para contratos complementarios y la ausencia de un verdadero mecanismo de reequilibrio económico-financiero impiden corregir fallas estructurales de diseñoaun aún cuando estas provengan de errores imputables al propio Estado -fase ejecutada por la entidad pública-. Esta restricción ha derivado en paralización de obras, sobrecostos no reconocidos y litigios recurrentes.
En la práctica, los proyectos de obra civil a gran escala han evidenciado debilidades de facto que trascienden la norma: (i) estudios previos deficientes; (ii) interferencias no liberadas; (iii) retrasos en pagos -común en el sector público; (iv) contradicciones entre fiscalización, SERCOP y Contraloría General del Estado; y (v) asignación desproporcionada de responsabilidades al contratista. Estos factores han convertido a muchos contratos en focos permanentes de conflicto contractual.
En síntesis, la contratación pública de obra civil en Ecuador funciona adecuadamente -dentro de lo que cabe- para proyectos simples, pero resulta ineficiente para megaproyectos inclusive pese a lo estipulado para contratos tipo IPC. Sin una revisión estructural que incorpore mayor flexibilidad contractual, gestión integral del ciclo de vida del proyecto y mecanismos técnicos de ajuste, el modelo continuará generando disputas, ineficiencia y pérdida de valor público. Se torna urgente que el Estado proponga una reforma a dicha rigidez normativa y sea más diligente en la construcción de pliegos que sí sean posibles de ejecutar en obra.
La información aquí publicada no supone ningún consejo o asesoría legal particular, siendo su función meramente informativa.
Paola Bermúdez Roldán
Socia
